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Información Interesante

Los ejercicios anti estrés te van a ayudar a sentirte más saludable.
Se pueden adecuar a: durante el manejo (en los semáforos ) un viaje en ascensor, en la oficina o en la casa: 



Para aflojar la nuca con suavidad:
 decir que si, decir que no. Inclinar la cabeza hacia un hombro y hacia el otro, hacer giros con la cabeza hacia un lado y otro como haciendo círculos con la nariz.


Hombros:
 subirlos y bajarlos y rotarlos uno por vez y simultáneamente.


Brazos y espalda:
 entrelazar los dedos de las manos entre si y extender los brazos hacia delante del cuerpo: gira las palmas hacia delante como empujando el aire. Haz lo mismo por encima de la cabeza, afloja los brazos; estíralos por detrás de tu espalda, y afloja nuevamente.


Manos:
 rota las muñecas hacia ambos lados. Extiende un brazo delante de tu cuerpo con la palma hacia arriba; tira de los dedos hacia abajo, alejándolos de la palma, manten 10 minutos y repita con el otro lado. Sacude las manos como si salpicaras agua.


Piernas:
 sentada delante de un escritorio, empújate con las manos contra él y estira sus piernas; contrae y extiende los pies varias veces y rota los tobillos; no te olvides de aflojar entre ejercicio y ejercicio.


Columna:
 sentada en la silla relajar la columna hacia delante, aflojando la cabeza entre las piernas y dejando colgar los brazos. Subir y bajar lentamente. Colocar las manos detrás de la nuca y llevar los codos hacia abajo y el mentón al pecho, respirar en esa posición tratando de aflojarse, relajar la mandíbula.

Desde la posición de sentada, rota el tronco lentamente hacia un lado y al otro, como si quisieras mirar hacia atrás rotando todo el torso. Mantén los brazos flojos.


Para los ojos:
 abrirlos y cerrarlos con fuerza. Llevar la mirada en distintas direcciones, arriba – abajo, a un lado y otro.Unir los puntos como haciendo círculos con la vista. Para finalizar, masajear suavemente con las yemas de los dedos alrededor de los ojos. Frotar fuertemente una palma contra la otra, acercarlas a los ojos y dejarlas apoyadas por unos instantes. Abrir lentamente los ojos y luego retirar las manos.


El orden de los ejercicios es indistinto. Se pueden realizar todos o el que más te guste. Lo importante es hacerlos de manera consciente y de ser posible no escribas E-mails o atiendas llamados mientras los realizas!

Para que estas técnicas sean eficaces debes realizarlas con regularidad

Ante cualquier duda no dudes en consultar a tu médico, nadie mejor que él para orientarte y colaborar con el cuidado de tu salud.

 

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Ley del Trabajo

De conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo, pueden quedar excluidos de la limitación de jornada de trabajo, esto es, de las 45 horas semanales, los gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata. También quedan excluidos los contratados por el Código del Trabajo para prestar servicios en su propio hogar o en un lugar libremente elegidos por ellos; y los agentes comisionistas y de seguro, vendedores viajantes, cobradores y demás similares que no ejerzan sus funciones en el local del establecimiento.

Lo anterior significará que el trabajador no se encuentra obligado a registrar la hora de llegada y salida diaria en el registro de control de asistencia que lleve la empresa por cuanto no tiene jornada laboral que cumplir. No obstante lo anterior, si las partes convienen una jornada de trabajo sujeta a un horario, entonces el dependiente deberá registrar las horas de inicio y término de su jornada diaria en el referido registro por cuanto en tal caso las partes habrían renunciado a la franquicia que otorga en señalado inciso 2° del artículo 22. Cualquiera sea la situación, el contrato de trabajo deberá siempre establecer los días de la semana en que el trabajador prestará los servicios convenido. La duración de la presencia en su lugar de trabajo de los dependientes que se encuentran excluidos de la limitación de jornada está sólo determinada por los requerimientos propios del cargo, independientemente de la jornada de trabajo existente en la empresa o del horario de su funcionamiento, pudiendo ser superior o inferior a estos parámetros según las circunstancias y sin sujeción a control.

Sin embargo, debe hacerse presente que el artículo 42 letra a) del Código del Trabajo establece respecto de los trabajadores exceptuados de jornada que, se presumirá que el trabajador está afecto a cumplimiento de jornada cuando deba registrar por cualquier medio y en cualquier momento del día el ingreso o egreso a sus labores, o bien cuando el empleador efectuare descuentos por atrasos en que incurra el trabajador. Asimismo, se presumirá que el trabajador está afecto a la jornada ordinaria, cuando el empleador, por intermedio de un superior jerárquico, ejerciere una supervisión o control funcional y directo sobre la forma y oportunidad en que se desarrollen las labores, entendiéndose que no existe tal funcionalidad cuando el trabajador sólo entrega resultados de sus gestiones y se reporta esporádicamente, especialmente en el caso de desarrollar sus labores en Regiones diferentes de la del domicilio del empleador.

En consecuencia, si a pesar de haberse establecido en el contrato la exclusión de jornada, en los hechos el trabajador registra por cualquier medio y en cualquier momento del día el ingreso o egreso a sus labores, o el empleador efectúa descuentos por los atrasos en que incurra o el empleador, por intermedio de un superior jerárquico, ejerce una supervisión o control funcional y directo sobre la forma y oportunidad en que se desarrollen las labores, ello significa que debiera establecerse una jornada laboral determinada en contrato y el trabajador debería registrar su ingreso y salida diaria en el registro de asistencia.

 

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