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Prevención de Riesgos

Prevención de Riesgos 

La Prevención de Riesgos Laborales consiste en un conjunto de actividades que se realizan en la empresa con la finalidad de descubrir anticipadamente los riesgos que se producen en cualquier trabajo.

Esta anticipación permite que se puedan planificar y adoptar una serie de medidas preventivas que evitarán que se produzca un accidente laboral.

La PRL se basa en estas ideas:

  • Un accidente laboral no es un suceso inevitable, algo que suceda irremediablemente, por casualidad o “porque tenía que pasar”. Un accidente laboral es la manifestación de que algo no ha ido bien en el desarrollo de una tarea, de que ha habido un fallo.
  • Si la tarea está bien estudiada de antemano, sabiendo cómo hay que hacerla y qué medios hay que emplear, también se podrán prever los riesgos que puedan aparecer.

Por lo tanto, cuanto mejor estudiada esté una tarea, más fácil será evitar que se produzcan “fallos” (accidentes) durante la misma.

La legislación actual se basa en el derecho de los trabajadores a un trabajo en condiciones de seguridad y salud, lo que implica a su vez un deber del empresario para conseguir esa protección.

 

Herramientas en la Prevención de Riesgos

Para prevenir los riesgos en el trabajo, la herramienta fundamental de los técnicos especialistas en PRL es la evaluación de riesgos.

La Evaluación de Riesgos es un estudio técnico en el que:

  • Se estudian las condiciones de un puesto de trabajo: lugar, maquinaria, productos empleados, etc.
  • Se identifican los peligros a los que se expone el trabajador por trabajar en esas condiciones. Puede que haya peligros que puedan ser eliminados fácilmente en esta fase; el resto, tendrán que ser evaluados.
  • Según el tiempo a que esté expuesto a cada uno de esos peligros y la gravedad de los daños que puedan causar, se intenta medir el riesgo a que está sometido el trabajador.
  • Con esto, se obtiene una lista de riesgos que puede ordenarse por su mayor o menor gravedad.
  • Finalmente, se propondrán unas medidas preventivas para eliminar o reducir los riesgos de ese puesto de trabajo.

Tras esta primera fase en la que se detectan y miden los riesgos, la empresa deberá planificar cómo ir adoptando progresivamente las medidas que los técnicos especialistas en PRL han propuesto.

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Servicios Transitorios

¿Qué es una empresa de servicios transitorio? 
Una empresa de servicios transitorios (EST) es aquella que tiene como objeto social el suministro de trabajadores a una empresa usuaria para que realice una determinada labor, de carácter transitorio u ocasional.

¿En qué casos operan las empresas de servicios transitorios?

  1. Reemplazo de trabajadores (licencias médicas, descansos de maternidad o feriados).
  2. Realización de eventos extraordinarios (organización de congresos, ferias, exposiciones, etc.).
  3. Ejecución de proyectos nuevos y específicos (construcción de nuevas instalaciones, nuevos mercados).
  4. Inicio de nuevas actividades en empresas nuevas.
  5. Aumentos ocasionales o extraordinarios de actividad.
  6. Trabajos urgentes, precisos e impostergables (reparaciones, instalaciones).

¿Qué tipo de contrato se debe suscribir en el régimen de servicios transitorios?

  1. Contrato de puesta a disposición de trabajadores: se celebra entre una empresa de servicios transitorios (EST) y una empresa usuaria para suministrar trabajadores a esta última. Los requisitos de este contrato son:  
    – Constar por escrito dentro del plazo de 5 días desde la incorporación del trabajador o 2 días si el contrato es por menos de 5 días. 
    – Individualizar a las partes.
    – Indicar la causal para contratar servicios transitorios. 
    – Indicar los puestos o cargos para los que se contrata. 
    – Indicar el plazo por el cual se contrata y el precio convenido.
  2. Una copia del contrato de trabajo de el/los trabajador(es) con la EST deberá ser enviada a la empresa usuaria donde se prestarán los servicios.
  3. Contrato de trabajo de servicios transitorios: se celebra entre el trabajador y una Empresa de Servicios Transitorios (EST). Los requisitos de este contrato son: 
    – Constar por escrito dentro del plazo de 5 días desde la incorporación del trabajador o 2 días si el contrato es por menos de 5 días. 
    – Contener al menos las menciones del contrato individual de trabajo. 
    – Una copia del contrato de trabajo deberá ser enviada a la empresa usuaria donde el trabajador prestará servicios.
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